Claves Legales Desde La Visión Del Dr. Carlos Portilla

Con una trayectoria de más de 40 años en el ámbito jurídico, el Dr. Carlos Portilla ha sido testigo y protagonista de la evolución legal del juego con apuestas en México. Socio fundador de la firma Portilla, Ruy-Díaz y Aguilar, ha asesorado a fabricantes, operadores y reguladores del sector, participando activamente en procesos clave en…
Cuéntenos de su trayectoria en México.
Mi actividad profesional inició en el año 1980 en la firma Basham, Ringe y Correa, S.C., donde trabajé por un poco más de 28 años. Basham es y ha sido una firma multidisciplinaria y la más grande e importante de México en esos años. Fui privilegiado y me siento orgulloso y agradecido, de haber sido parte como pasante, después como abogado y finalmente como socio. Mi practica fue en el área de Litigio y Arbitraje Internacional. De hecho, gracias a esta práctica tuve la fortuna de trabajar un año en la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional en París y miembro activo de varias Centros de Arbitraje en México.
En el año 2008 varios abogados de la firma decidimos salirnos de Basham y formar una nueva firma, con el objetivo de dejar un legado que perdure y sea testimonio de nuestro trabajo. Hoy la firma Portilla, Ruy-Diaz y Aguilar, S.C., es una firma multidisciplinaria que ha crecido de manera exponencial en 17 años de su apertura, contando con tres oficinas en la Ciudad de México, Querétaro y Los cabos (próximamente en Cancún). La firma se compone de nueve socios y varios abogados.
¿Cuál fue el primer acercamiento del bufete PR&A con la industria del iGaming?
En el 2008, esto es, cuatro años después de haberse publicado el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, la empresa fabricante de máquinas Williams, mejor conocida como WMS, se puso en contacto con la firma para solicitar que lleváramos a cabo el proceso de compliance, con el fin de asegurarse de que los permisionarios que estaban solicitando la compra de máquinas de juego (slot machines) para sus casinos, contaran con los permisos necesarios otorgados por el Gobierno Mexicano para operar y captar apuestas legalmente.
Posteriormente, fuimos contratados por varias empresas fabricantes de máquinas para el mismo fin, como lo fueron Bally, Shuflemaster, Scientific Games y otras más, llevando no solo sus procesos de compliance, sino en temas de comercio exterior, contractuales, corporativos y propiedad intelectual, entre otros.
En el año 2013, fuimos invitados para formar parte de AGEM (Association of Gaming Equipment Manufacturers). Esta Asociación agrupa cuando menos al 90% de los fabricantes de las máquinas de Sorteo de Números y Símbolos (Slot Machines) que operan en los casinos de México y el mundo. De igual manera y junto con otra firma de abogados, les dimos la asesoría jurídica necesaria para formar el Capítulo Mexicano, único a nivel mundial.
Es importante mencionar que estos procesos de compliance y organización de AGEM, nos permitieron no solo conocer a los principales fabricantes de máquinas, sino también a los permisionarios y operadores autorizados. De hecho, una vez que terminaron los procesos de compliance y con la anuencia de nuestros clientes del sector fabricantes de máquinas y softwares, iniciamos la representación legal de varios permisionarios en el país, llevando a cabo todos los trabajos y procesos legales de cumplimiento ante la Secretaría de Gobernación, entre otras autoridades.
También, hemos tenido la dicha de trabajar con el regulador en otros temas como las reformas al reglamento, estudios a la ley y el reglamento para determinar la aceptación o no del juego en línea.
Hoy en día, formo parte de la agrupación International Masters Gaming Law y he sido reconocido por Who’s Who legal como “Who’s Who Legal: Thought Leaders Sports and Gaming” desde 2023 y he obtenido el Ranqueo de Chambers and Partners Global 2025 para “Gaming”.
¿Qué servicios jurídicos brindan a las operaciones de México?
A las empresas extranjeras que se pretenden establecer en México, les brindamos servicios de localización de oportunidades, apoyo para su negociación, preparación de toda la documentación relacionada, presentación y ejecución de los tramites ante las autoridades correspondientes, etc.
A los fabricantes de máquinas, les brindamos todo tipo de servicios relacionados a su actividad, como lo son la revisión y adecuación (tropicalización) de los contratos que celebran con permisionarios y operadores en México, servicios corporativos para sus empresas mexicanas, asesoría en comercio exterior, laboral, litigio, marcas y en temas relacionados a la prevención de lavado de dinero, entre otros.
A los permisionarios y operadores, la firma los apoya con todo tipo de asesoría para la conservación y cumplimiento regulatorio, así como para la mejora y perfeccionamiento de sus permisos su renovación y autorizaciones en general, tales como promociones, publicidad, cumplimiento regulatorio, etc.
Así mismo, fuimos la firma más activa en la defensa de la industria del juego, en contra de la pretendida reforma al Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, mediante la cual se pretendió reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones, en donde se buscó prohibir los sorteos de números y símbolos mediante máquinas, así como el uso de cartas y ruletas entre otros en las apuestas en México, ya sea en establecimiento físicos y a través del juego en línea.
¿Cómo ha evolucionado el aspecto legal en el iGaming mexicano?
Debemos de tomar en consideración que es mínima la legislación que regula expresamente al juego en línea. Recordemos que la Ley Federal de Juegos y Sorteos fue publicada el 31 de diciembre de 1947. Esta ley únicamente cuenta con 17 artículos y solo dos de ellos con referencia a los juegos con apuesta.
El 17 de septiembre del 2004, esto es, 57 años después fue publicado el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, con el objetivo de poner orden a la industria. Recordemos que años atrás comenzaron a funcionar diversos establecimientos físicos de juegos con apuestas, protegidos a través de resoluciones que fueron otorgadas por los Tribunales Federales.
Es claro que esta ley marcó un gran avance para la industria del juego. Sin embargo, por el año de publicación del Reglamento (2004), no se tenía conocimiento y mucho menos experiencia como se tiene ahora del avance y funcionamiento que la industria de la apuesta experimentaría a través del uso del Internet y por ende el desarrollo y crecimiento del juego en línea. Recordemos que Internet en esa época se usaba con distintos fines.
El Reglamento es omiso en la regulación y expedición de permisos para el solo efecto de operar el juego en línea. Actualmente, se trabaja junto con la autoridad federal reguladora, en un proyecto nuevo de Ley Federal de Juegos y Sorteos, donde se incorpore la Regulación del juego en línea, juego responsable y otros temas como es el juego ilegal. Con estas reformas, se logrará sin lugar a duda contar con reglas más claras para la industria y para combatir con más fuerza al juego ilegal.
¿Puede explicarnos cuáles son hoy día los principales vacíos o desafíos legales que enfrenta el sector?
Aunque se cuenta con una Ley Federal de Juegos y Sorteos y su reglamento, el cual regula lo que está permitido y en general toda la actividad del juego, la autoridad en lugar de dar cumplimiento a sus lineamientos, de vez en vez cambian las políticas en esta materia. Con esto me refiero a que nuestra legislación permite la apertura de nuevos establecimientos físicos y sin embargo las políticas del país (sin tener una justificación clara) han sido de no otorgar más autorizaciones para la apertura de establecimientos. Esto en mi opinión no debiera de ser correcto. Lo mismo sucede con los permisos nuevos para la captación de apuestas a través de Internet.
En lo personal considero que el Reglamento a la Ley Federal de Juegos y Sorteos funciona correctamente y lo único que precisa es su actualización, a través de la inclusión de los requisitos y marco jurídico del juego en línea, juego responsable y algunas precisiones más. Sin embargo, se ha optado por una Nueva Ley Federal de Juegos y Sorteos que no me parece que sea incorrecto, solo el tema de los tiempos y su elaboración puede tomar mas tiempo. En lo personal, considero que estará lista el próximo año.
Sobre la posible creación de una nueva ley de juegos y sorteos, ¿qué cambios normativos considera prioritarios y cómo debe de tratarse esta ley? ¿Qué actores deben liderar esa transformación?
En lo personal, si se trabajara en una nueva ley Federal de Juegos y Sorteos consideraría obligatorio se constituya el Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos, con objeto de coadyuvar con la Dirección en el cumplimiento de las políticas públicas de transparencia y rendición de cuentas conforme a la Ley y el Reglamento. Aunque este Consejo Consultivo aparece consignado en el artículo 14 de nuestro reglamento, nunca ha entrado en función. Si este Consejo estuviere formado por personas voluntarias y que conozcan la materia seguramente sería bien recibido por la dirección.
Como lo dije anteriormente, en mi opinión sólo se requieren algunas adiciones al reglamento en materia de juego responsable, juego en línea, entre otros, para hacerlo funcionar de manera adecuada.
¿Cómo compararías la regulación del iGaming local con otras jurisdicciones como Colombia o Estados Unidos? Particularmente Nevada, ¿cuya estructura regulatoria ustedes conocen bien?
No hay forma de comparar a las legislaciones de México con las de Estados Unidos y menos aún con las de Nevada para iGaming. En principio, debemos establecer que en México se cuenta con una legislación federal, lo que significa que opera en toda la Republica Mexicana. En Estados Unidos varían según el Estado que se trate, pues en algunos se permiten plenamente varios de los juegos y en otros están prohibidos.
Por otra parte, en Nevada no se ha autorizado la captación de apuestas en casinos en línea y por ende se prohíbe toda actividad de juegos a través de este medio como lo son slot machines, tragamonedas y blackjack.
En cuanto al caso de Colombia, no me gustaría hablar de las leyes de allí que regulan las facultades del gobierno para otorgar autorizaciones para juego en línea, máxime que tengo conocimiento que son varias de ellas, como es la Ley 643 del 2002 y el decreto 4142 del 3 de noviembre de 2011. Cualquier comentario podría ser equivocado o mal interpretado.
El lavado de activos y el no control del juego en menores de edad son algunos de los problemas que origina el mercado negro, ¿cómo los operadores y el gobierno deberían hacer frente a este problema?
Las apuestas ilegales y el lavado de dinero a través de sitios ilegales, es un problema que de acuerdo con lo que se lee en reportes, escala día a día y preocupa no solo al gobierno mexicano sino a nivel mundial. De acuerdo con estos reportes y estudios, la mayor parte de estas apuestas son ilegales y se sabe que se lavan miles de millones de dólares en todo el mundo. En México, se calcula que cuando menos el 40% de las apuestas de participantes se hacen en plataformas que no tienen permiso para operar en el país, o bien, en sitios donde los permisos fueron otorgados en otras jurisdicciones y en el peor de los casos en sitios que ni siquiera cuentan con permiso alguno.
Se sabe que la Unidad de Inteligencia Financiera está trabajando en prevenir y combatir la ilegalidad de estos sitios, pero el problema es tan grande y complejo que poco se puede hacer, principalmente cuando estos sitios no están en territorio nacional y se requiere del apoyo de otros gobiernos para erradicarlos.
Lo que se sabe es que el gobierno mexicano está estudiando la forma de bloquear las señales de todos los sitios ubicados en el extranjero, para evitar de esta manera la captación de apuestas en territorio nacional, así como modificaciones a la ley para prohibir a las empresas con servicios de pago, y que puedan captarlas en territorio nacional si no se trata de un sitio que cuente con un permiso otorgado por SEGOB. Estas acciones podrán reducir el juego ilegal, pero de manera alguna acabarlo.
Por ejemplo, en Estados Unidos la Ley de Control de las Apuestas Ilegales en Internet, ha dificultado el cobro de pagos en los sitios de apuestas en línea. Si las transacciones se consideran ilegales según la ley estatal o federal, los casinos en línea no pueden procesar el pago. Esto trae como resultado que se inhiba a los casinos en línea y sus jugadores a participar u ofrecer esta actividad de apuestas.
¿Cómo impacta la tecnología a favor de la legalidad?
La tecnología digital ha permitido que hoy cualquier persona pueda acceder esté donde esté a portales de apuestas y juego en línea. Por ello, estoy convencido que el uso de la tecnología y la innovación deben ir de la mano y estar presentes, para dar y permitir al jugador tener una experiencia de entretenimiento confiable, donde la interacción y navegación sea fácil y bien informada.
He sido testigo que el uso y mantenimiento de la tecnología de una adecuada, funcional, moderna e innovadora, debe ser parte de la responsabilidad de los operadores de juego en línea. También estoy convencido que empresas serias y experimentadas, buscan impactar positivamente en la participación del jugador y dentro de un marco de legalidad, transparencia y seguridad. Por ello, la tecnología debe ser dinámica y modernizarse en la industria del juego, permitiendo el uso de sistemas de pago rápidos, protocolos de seguridad eficientes para evitar fraudes, otorgando así información precisa en todo momento y ofreciendo programas en favor de los clientes como lo es el de fidelidad.
Desde el punto de vista legal, ¿considera que las loterías tienen respaldo en el iGaming mexicano?
Me parece que hablar de las loterías en México, es hablar de una larga y apasionante historia que ha sido parte de su cultura, cuya popularidad fue gracias a las ferias itinerantes donde se llevaban a cabo. De hecho, las imágenes de las cartas se deben al empresario francés Clemente Jacques. De niños todos tuvimos una lotería donde pasábamos tardes jugando con amigos o familias, o participábamos en ferias itinerantes donde se nos permitía jugar y ganar premios.
El primer antecedente legal registrado ocurrió el 20 de diciembre de 1769, cuando se estableció en la Ciudad de México una Lotería General, a través del “Plan y Reglas para el Establecimiento de la Lotería”. Por su éxito, vinieron muchas otras loterías con el objeto de recabar fondos ante necesidades urgentes de la población, hasta que en el año 1915 se restableció la Lotería Nacional para la Beneficencia Pública.
Ahora bien, en mi opinión y desde un objetivo punto legal las loterías si tienen un respaldo legal para operarse en México, ya sea en iGaming o en establecimientos físicos. Para responder y fundar esta opinión me permito mencionar lo siguiente:
Quizás la duda surge porque ni la Ley Federal de Juegos y Sorteos de 1947 ni el Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de septiembre de 2004, hacen referencia a las loterías como juegos permisibles.
Haciendo un análisis de la Ley Federal de Juegos y Sorteos de 1947, tenemos que únicamente 2 artículos de los 17 que consta la Ley se refieren a los juegos que son permisibles y prohibidos. Sin embargo, su mala o deficiente redacción, dio motivo a diferentes opiniones y disputas originadas por miembros de un grupo parlamentario del Congreso de la Unión, las cuales fueron resueltas en definitiva por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en dos importantes ejecutorias.
En efecto, para sostener lo anterior basta revisar el texto de los dos artículos.
ARTICULO 1o.- Quedan prohibidos en todo el territorio nacional, en los términos de esta Ley, los juegos de azar y los juegos con apuestas.
ARTICULO 2o.- Sólo podrán permitirse:
I.- El juego de ajedrez, el de damas y otros semejantes; el de dominó, de dados, de boliche, de bolos y de billar; el de pelota en todas sus formas y denominaciones; las carreras de personas, de vehículos y de animales, y en general toda clase de deportes;
II.- Los sorteos.
Los juegos no señalados se considerarán como prohibidos para los efectos de esta Ley.
Del texto de este primer artículo, se desprende de manera tajante que quedan prohibidos en todo el territorio nacional, los juegos de azar y los juegos con apuestas.
Sin embargo y en contradicción al artículo primero, en el segundo artículo se señala en su primera fracción que solo estarán permitidos entre otros juegos los “dados”, los cuales por su forma de llevarse a cabo y naturaleza misma, sin lugar a duda se trata de un juego de azar y no de destreza.
De igual manera y como excepción a la prohibición de los juegos de azar contenida en el artículo primero, el legislador federal dispuso de forma expresa y limitativa en la fracción segunda que los sorteos estaban permitidos.
De esta manera, si los sorteos están permitidos de manera general, esto es sin restricción o limitación alguna en cuanto a modalidad, reglas, etc. Debe entenderse que estos están permitidos.
Sumando a esto debo señalar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo interpretó de esta manera, al resolver la Controversia Constitucional 97/2004. Esto es, al establecer que el resultado de los sorteos está determinado por el azar y no se trata de juegos de destreza o habilidades, sino de simples sorteos como los prevé la ley, por lo que estimó que de acuerdo con lo anterior era incorrecta la concepción en el sentido de que los sorteos de números o símbolos pudieren ser limitados.
En este escenario, se determinó que los sorteos de números y símbolos respetaban los principios de subordinación jerárquica de los reglamentos a la ley y de reserva de la ley, así como también la Ley Federal de Juegos y Sorteos admitía la posibilidad de que existan los sorteos, sin restricción alguna.
Por todo esto puedo asegurar que las loterías tienen respaldo en el iGaming mexicano.
¿Considera que hay espacio para más casinos online en el país?
Según los informes emitidos por la autoridad reguladora, actualmente hay 37 permisionarios, que cuentan con 71 permisos para instalar centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números. De estos 71 permisos, 19 fueron otorgados previos a la entrada en vigor del Reglamento.
Hasta el año pasado, la cifra oficial de autorizaciones para operar el juego en línea oscilaba en 86 autorizaciones a los 37 permisionarios para operar el juego en línea. De estas 86 autorizaciones para juego en línea, se sabe que muchas de ellas no están en operación.
Definitivamente sí hay espacio y oportunidades para que más operadores nacionales o internacionales puedan operar algunas de los sitios o plataformas en línea autorizadas, mediante la unión de esfuerzos y de negocios con algún permisionario que tenga estas autorizaciones disponibles.
De igual manera, es probable que, con el proyecto de la nueva legislación en materia de Juegos y Sorteos, en cuya formación se está trabajando con la Secretaría de Gobernación, se inicie una nueva cuenta en el otorgamiento de nuevas autorizaciones a los permisionarios para la operación de juego en línea. Incluso, es muy probable que se prevea que se otorguen de manera directa a los nuevos interesados, sin tener que trabajar bajo el paraguas de uno de los 37 permisionarios.
¿México es hoy un mercado atractivo para la inversión extranjera? ¿Qué estructura legal o ruta recomendarías para una empresa internacional que quiere operar legalmente aquí?
Al día de hoy, podemos señalar que la vertical del juego online se ha convertido en el segmento de la industria del juego con mayor crecimiento en nuestro país. De hecho, esto es gracias a que el juego forma parte de la cultura mexicana desde hace siglos, lo que lo convierte sin dudas es uno de los mayores de América Latina, con una demanda creciente tanto de juegos en línea como de apuestas deportivas.
El mercado del iGaming en México mantiene una tendencia ascendente constante desde su punto más significativo de crecimiento que fue en 2021 durante la pandemia de COVID-19. De hecho, este crecimiento continuo de la industria del juego en línea hace difícil conocer con exactitud las cifras oficiales sobre el tamaño del mercado nacional. No obstante, especialistas en la materia y diversas publicaciones calculan que los ingresos totales aumentaron de 2.050 millones de dólares en 2022 y prevén que alcancen los 3.700 millones de dólares en 2028. Otros estudios y opiniones de especialistas consideran que los ingresos sobrepasarán los 4.500 millones de dólares.
Recordemos que la población en México supera los 130 millones de habitantes y, sobre todo, que se trata de un mercado con los perfiles de población más jóvenes del mundo, cuya edad media es de 30 años y con acceso total a los dispositivos móviles y al entretenimiento digital, incluido el iGaming. Estos factores contribuyen a que México sea uno de los principales contendientes en el mercado mundial del iGaming. Esta evolución que ha experimentado el juego en línea es la principal causa por la cual urge que el marco regulador del país evolucione para satisfacer las demandas de los jugadores de hoy en día. Esta preocupación de mejorar o completar el marco jurídico vigente en la materia, es lo que ha ocasionado el interés de trabajar como se está haciendo en una Nueva Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como al hecho de que los operadores se han centrado en la retención y en mejora de las estrategias de captación de jugadores, mediante los programas de fidelización de jugadores.
Las formas para operar en este momento son pocas, ya que no hay en base a nuestra ley permisos para el único propósito de operar el juego en línea. Ante esta situación se tiene que obtener una autorización a través de un permisionario para operar y celebrar con el mismo algún contrato, como ser de prestación de servicios, para llevar a cabo la operación de dicho sitio. O bien, gestionar y obtener del regulador una autorización para que se constituya en operador autorizado en términos del artículo 30 del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y la autorización para llevar a cabos las actividades. Para ello, se requiere la constitución de una empresa mexicana, cuyos accionistas pueden ser 100% capital extranjero y, desde luego, obtener un nombre de dominio y la marca de este nombre de dominio para la captación de apuestas vía internet.