La regulación de la industria del juego en México se encuentra en un momento de transformación, impulsada por posibles cambios clave que impactarán a futuro en las operaciones. Para comprender el impacto de estas reformas y los desafíos que enfrentan los operadores, conversamos con dos referentes clave del sector: Alejandra Gómez Aguilar y Rosa Ochoa
Alejandra Gómez Aguilar trabaja en Compliance en Betstone y es vicepresidenta de la Comisión para el Desarrollo de la Mujer en la Industria del Juego (COMUJ) de la Asociación de Permisionarios y Proveedores de la Industria del Entretenimiento y Juegos de Apuesta en México (AIEJA). Rosa Ochoa es directora para Latinoamérica de SCCG Management y cuenta con más de 20 años de experiencia en iGaming, loterías, casinos y desarrollo de negocios.
Ambas nos brindaron una visión profunda sobre el mercado, el estado actual de la regulación, los beneficios de una nueva ley de juego, juego ilegal, lavado de dinero, juego responsable y las perspectivas para el futuro de una industria que, a pesar de los retos, continúa generando múltiples fuentes de empleo y un aporte significativo en la recaudación fiscal del país.
EL MERCADO MEXICANO DE JUEGO ONLINE
¿Cómo ha evolucionado el juego online en México y cuál fue el detonante de su crecimiento?
Rosa: Bueno, vivimos en una sociedad completamente digitalizada, y el juego online se detonó, en mi opinión, a partir de la pandemia de COVID-19. Todas las industrias, no solo la del juego, tuvieron que adaptarse a las necesidades de operar de manera remota. Aunque ya existían algunos sitios de juego online, no podían atender la demanda que se generó durante ese periodo.
Ese fue el detonante, y desde entonces, la industria ha continuado creciendo a un ritmo acelerado. Antes de la pandemia, el avance era más gradual, pero este evento cambió la dinámica de la digitalización y aceleró los procesos en todas las áreas, incluido el juego online.
MARCO REGULATORIO
¿Cómo es la Ley Federal de Juegos y Sorteos vigente en México?
Alejandra: la Ley Federal de Juegos y Sorteos fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1947 y desde aquel entonces ninguno de los 17 artículos que la componen ha tenido modificaciones, por lo cual encontramos los siguientes supuestos:
● Prohíbe los juegos de azar y los juegos con apuestas en el territorio nacional, en el artículo 1º.
● Establece en el artículo 2º, como juegos permitidos el ajedrez, las damas y otros semejantes; el dominó, los dados, el boliche, los bolos y el billar; el juego de pelota en todas sus formas y denominaciones; las carreras de personas, de vehículos y de animales, y en general toda clase de deportes. Adicionalmente, precisa que los no mencionados en la ley se entienden como prohibidos.
● Atribuye en el artículo 3º, al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la reglamentación, autorización, control y vigilancia de los juegos cuando en ellos medien apuestas de cualquier clase; así como de los sorteos, con excepción de la Lotería Nacional.
● Prohíbe la instalación y funcionamiento de establecimientos de juegos apuestas y sorteos, sin el permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación, en el artículo 4º.
● Concede mediante los artículos 5º y 6º, una participación al gobierno federal de los productos obtenidos por el permisionario del establecimiento donde se celebren los juegos y sorteos, independientemente a los impuestos que deban pagarse. Para el caso de los sorteos, quedan exentos de lo anterior aquellos que realicen las autoridades, instituciones educativas y de beneficencia para dedicar íntegramente sus productos a fines de interés general; los que se celebren con fines exclusivos de propaganda comercial y aquellos realizados como sistemas de ventas y en los que los participantes reciban íntegramente el valor de sus aportaciones en mercancías, efectos u otros bienes.
● Prevé en el artículo 7º la vigilancia y control de los juegos con apuestas y sorteos por parte de la Secretaría de Gobernación mediante la designación de inspectores y conformación de organismos o comisiones.
● Establece la clausura y sanción a todo establecimiento en el que se realicen juegos con apuestas y sorteos prohibidos o aquellos que no cuenten con autorización legal, de acuerdo con el artículo 8º.
● Prohíbe la instalación de establecimientos de juegos con apuestas y sorteos cerca de escuelas o centros de trabajo, de conformidad con el artículo 9º.
● Establece la cooperación entre autoridades de todos los niveles y la fuerza púbica, con la secretaria de Gobernación, para hacer cumplir sus determinaciones conforme a la Ley, en cumplimiento del artículo 10º.
● Autoriza a la secretaria de Gobernación para permitir que en las ferias regionales se lleve a cabo el cruce de apuestas en los espectáculos señalados por el reglamento de la misma ley, de acuerdo con el artículo 11º.
● Regula del artículo 12º al 15º, el pago de multa, prisión y destitución de empleo, en su caso, en términos generales a quienes realicen juegos con apuestas y sorteos de forma ilegal, así como el decomiso de los todos artículos ocupados en estos y el de los bienes o dinero que constituyan el interés de este.
● Determina la competencia de los tribunales federales para aplicar las penas referidas en la ley, con fundamento en el artículo 16º.
● Contempla en el artículo 17, otras sanciones por infracciones a la ley, a sus reglamentos, o las disposiciones que dicte la secretaria de Gobernación, que no constituyen delitos y que podrán sancionarse por ésta.
¿Existe alguna otra regulación vigente?
Alejandra: Sí, existe el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación durante el mandato del entonces presidente Vicente Fox, el 17 de septiembre de 2004 y cuyas disposiciones, en términos generales, regulan todo lo relativo a las autoridades en la materia; la expedición, modificación y finiquito de los permisos; los tipos de sorteos que existen; las previsiones tratándose de los juegos con apuestas; la forma en que se lleva a cabo el control y vigilancia del tema; así como las clases de sanciones que pueden aplicarse cuando se comete alguna violación en esta materia; entre otros aspectos.
Mediante decreto presidencial, este reglamento fue reformado y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de noviembre de 2023. El Decreto entro en vigor al día siguiente de su publicación y entre los principales cambios se encuentran los siguientes:
● La prohibición de la operación de máquinas tragamonedas en cualquiera de sus modalidades y definiendo “máquinas tragamonedas” como cualquier dispositivo en el que una persona “juega con apuesta mediante la inserción de dinero en efectivo o cualquier otra forma de pago con la finalidad de obtener un premio.” Conforme a ello, fundamentalmente se prohíbe cualquier dispositivo con el que se puedan realizar apuestas.
● Reduce la duración de los nuevos permisos que se expidan con una vigencia mínima de uno año y una máxima de 15 años. En cuanto a los permisos en funcionamiento se respetará en sus términos, a menos que su vigencia actual exceda de 15 años, en cuyo caso la vigencia se considerará por 15 años más.
● Elimina la figura del “Operador”, por lo que ya no podrán existir nuevos Operadores, y los Operadores de establecimientos actualmente en funcionamiento surtirán efectos hasta que concluya la vigencia de sus permisos. Hasta antes de la reforma un Operador era una sociedad mercantil con la cual el permisionario puede contratar o asociarse para explotar su permiso.
● Prohibición de cambio de ubicación de los establecimientos y de operar varios establecimientos bajo un mismo permiso.
● Ampliación de facultades de la SEGOB en materia de determinación de participaciones por lo productos obtenidos de la explotación de los permisos.
Este decreto trajo modificaciones desfavorables, y cada parte afectada —permisionarios, operadores y proveedores— interpuso recursos legales. Actualmente, los permisos vigentes en México comenzarán a vencer en 2028, por lo que hay tiempo para seguir operando dentro del marco legal y defender nuestros derechos.
¿Por qué la regulación de la industria de juegos en México es un tema tan político?
Alejandra: Justamente, la regulación de nuestra industria arrastra un estigma que pasa del ámbito social al político. Muchas personas, incluidos algunos gobernantes, creen que los casinos están vinculados con actividades ilegales. La realidad es que las empresas que operan en México cumplen con estrictos lineamientos de compliance, muchos de los cuales son similares a los de Nevada (Estados Unidos).
NUEVA LEY DE JUEGOS
¿Qué beneficios traería una propuesta de nueva Ley Federal de Juegos y Sorteos?
Alejandra: Una nueva ley, traería múltiples beneficios, como, por ejemplo:
● Al ofrecer un marco legal más estable, se podría atraer mayor inversión tanto nacional como extranjera, impulsando la expansión de la industria, tanto en términos de infraestructura como de oferta de productos y servicios.
● Un sistema de regulación adecuado, junto con una implementación efectiva de impuestos sobre las apuestas, podría generar mayores ingresos para el gobierno. Esto no solo beneficiaría a la economía nacional, sino que también permitiría destinar más recursos a programas sociales y de seguridad pública.
● Mayor control sobre las apuestas en línea mediante mecanismos más efectivos para prevenir actividades ilegales, como el lavado de dinero, y proteger a los usuarios de fraudes o prácticas desleales.
● Protección al consumidor y juego responsable, contribuyendo a un ambiente más seguro y ético para los consumidores.
● Incorporación de tecnologías emergentes, como la inteligencia artificial, blockchain, y criptomonedas, en el sector de apuestas. Esto permitiría crear plataformas más innovadoras, seguras y transparentes, y mejoraría la experiencia del usuario.
● Reducción de la presencia de sitios de apuestas no regulados.
● Fortalecimiento de la industria turística, ya que el sector de los juegos con apuestas tiene un fuerte vínculo con este sector, que a su vez traería como consecuencia la generación de empleos y crecimiento las economías locales.
● Fomentar la inclusión financiera sectores no bancarizados o sub-bancarizados que usan plataformas digitales para participar.
● Mayor control y monitoreo sobre el impacto social de las apuestas e incentivando campañas educativas y de concientización para promover prácticas responsables entre los jugadores.
● Generación de nuevos empleos formales, no solo en casinos y plataformas de apuestas, sino también en áreas de tecnología, marketing digital, análisis de datos y regulación.
● Mejorar de la imagen internacional de México como destino seguro y atractivo para los operadores de juegos y apuestas.
MERCADO ILEGAL
¿Qué medidas se deberían implementar para combatir la ilegalidad?
Alejandra: Creo que es necesario tener una regulación estricta, especialmente en el ámbito de las plataformas online, que es donde veo más áreas de oportunidad. Desde 2005, cuando se otorgaron las primeras autorizaciones para plataformas en línea, hemos avanzado poco en la regulación específica de este sector.
Sería útil establecer procedimientos claros desde la ley, creando un capítulo específico sobre la lucha contra el juego ilegal. Esto incluiría sanciones más severas, cooperación internacional y medidas para proteger a los jugadores. En el caso de los casinos físicos, la regulación ya es bastante estricta y las empresas se autorregulan, pero en el ámbito online es donde necesitamos más atención.
¿Qué retos enfrentan los jugadores y los operadores en relación con la seguridad digital y las plataformas ilegales?
Rosa: Según el presidente de AIEJA, más del 60% de las plataformas digitales en México son ilegales. Uno de los grandes retos para los clientes es la falta de educación en seguridad digital. Muchas personas caen en sitios ilegales porque no tienen una educación mínima sobre cómo identificar plataformas seguras. Por ejemplo, no verifican si un sitio tiene un candado de seguridad o si la dirección del sitio es legítima.
Por su parte, un problema que afecta a los operadores es el uso de cuentas falsas para aprovechar promociones o jackpots, ya que representa una pérdida de ingresos. Es fundamental que los operadores implementen soluciones como KYC (Know Your Customer) y reconocimiento biométrico para garantizar que los jugadores sean quienes dicen ser.
LAVADO DE ACTIVOS
¿Qué medidas se están tomando para el control del lavado de activos?
Alejandra: Desde 2013, México cuenta con la Ley de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Esta ley identifica una serie de actividades vulnerables, y los casinos están dentro de esta categoría debido al estigma de que podrían ser utilizados para el lavado de dinero.
Las empresas de la industria están obligadas a presentar reportes periódicos a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Además, cada empresa debe contar con un oficial de cumplimiento que supervise estos reportes y garantice que se cumpla con la ley. También se exige verificar la procedencia de los recursos de los jugadores y monitorear las transacciones.
En mi experiencia, todas las empresas autorizadas por la Secretaría de Gobernación han cumplido con estos requisitos. No he escuchado de ningún caso en México donde un casino haya tenido problemas por incumplimiento en materia de lavado de dinero.
MENORES DE EDAD Y JUEGO RESPONSABLE
¿Qué medidas existen para el control de menores de edad y el juego responsable?
Alejandra: En los casinos físicos, el control de acceso es muy estricto. Se solicita identificación oficial para verificar la edad del jugador. En las plataformas online, los operadores están obligados a implementar sistemas de verificación y validación de identidad antes de permitir la participación en los juegos.
Muchas empresas en el país ya cuentan con proveedores especializados en verificación de identidad, que realizan este proceso en segundos. Además, los operadores deben incluir políticas de juego responsable en sus términos y condiciones, así como sistemas de autoexclusión para prevenir la ludopatía.
Por otro lado, asociaciones como AIEJA tienen comisiones dedicadas a promover el juego responsable entre los operadores y permisionarios. Esto incluye campañas educativas para los jugadores y políticas preventivas que aseguren una experiencia de juego segura y responsable tanto en casinos físicos como en plataformas online.
EL FUTURO DE LA REGULACIÓN EN MÉXICO
¿Qué impacto podría tener en la industria?
Alejandra: Si se presenta una nueva propuesta de ley sería muy positivo para el sector. La administración actual ha mostrado apertura al respecto. A mediados de diciembre de 2024, la Secretaría de Gobernación actual realizó una convocatoria a representantes de la industria para discutir cómo avanzar juntos. Esto es una señal positiva de que podríamos ver una verdadera reforma a la Ley Federal de Juegos y Sorteos. La ley actual está desfasada y no contempla muchos de los supuestos que vemos hoy, especialmente en el ámbito del juego online. Por lo tanto, es necesario modernizar la legislación para adaptarla a la realidad actual.
¿Qué desafíos enfrentan los empresarios que quieran ingresar al mercado mexicano?
Alejandra: Las oportunidades están ahí, pero es fundamental que los nuevos empresarios cumplan con la normatividad y los lineamientos legales. Esto garantizará que sus inversiones obtengan los rendimientos esperados, aunque no de manera inmediata.
El proceso de entrada requiere inversiones en infraestructura, ya sea online o física, y en términos de incentivos económicos, México ofrece prerrogativas para atraer inversión extranjera.
¿Qué pasos sigue la propuesta de la nueva ley?
Rosa: Luego de la última reunión con la Secretaría de Gobernación, el compromiso de la autoridad es dar continuidad al documento de la nueva ley. Una vez que esté listo, pasará al Congreso para su revisión y aprobación.
La expectativa es que en 2025 tengamos avances importantes en la regulación del juego. Mientras tanto, es importante que los operadores estén preparados en términos de documentación, tecnología y capacitación de sus equipos de trabajo. Esto asegurará una transición más fluida hacia el nuevo marco regulatorio.

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